Al parecer el Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra la DGT y su política de legalidad de las normas reguladoras del permiso por puntos para que no provoquen la indefensión en los ciudadanos.
El Supremo garantiza que se podrá recurrir todas aquellas pérdidas parciales de puntos (desde el momento en que se puso en marcha esta medida) incluso aunque se haya pagado la sanción con descuento.
Desde 2006 Pepe Navarro, director general de tráfico sostenía que la “pérdida de puntos no tuviera consideración legal de medida sancionadora” y por tanto no habría derecho a recurrirlas.
Pero bueno, el tribunal supremo ha visto que la perdida de puntos si tiene un carácter sancionador, vaya que la idea de dame el dinero y los puntos y cállate!! parece ser que no tiene ninguna base legal.
Personalmente se me ocurrirían otro tipo de medidas para estos personajes que no saben que es tocar el volante de un coche a diario, pero claro correríamos el riesgo de que nos confundieran con instituciones religiosas españolas del los siglos XV o XVI y tampoco sería correcto .... o igual sip!
Bueno, parece que de vez en cuando se hace justicia en este país.
ResponderEliminarLes va a tocar currar de lo lindo...QUE LES DEN MUCHO POR C***
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